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Hipotecas ¿A interés fijo o a interés variable?


A la hora de elegir una hipoteca el tipo de interés en una de las características más importantes que hay que decidir. Dependiendo del plazo que elijamos para pagar la hipoteca, nos decantaremos por uno u otro tipo de préstamo.
Existen dos tipos de hipotecas, cada una con un tipo de interés:

  • Hipotecas con tipo de interés fijo: El interés de la hipoteca es el mismo durante toda su duracion. No se ve afectada por los cambios en los tipos de interés, ni por el famoso Euribor. Normalmente el plazo de las hipotecas a tipo fijo, suele ser menor, que las de tipo variable. Lo normal suele estar en torno a los 15 años.
  • Hipotecas con tipo de interés variable: Este tipo de hipotecas dependen de las variaciones de los tipos de interés. Se suele fijar un tipo de interés inicial para el primer año o lo primeros seis meses y se va revisando este valor, en función del comportamiento de los tipos de interés, normalmente en base a la referencia del Euribor. Esta opción permite beneficiarse de tipos de interés bajos cuando el Euribor es bajo, pero es peligroso a largo plazo porque las subidas de los tipos de interés son imprevisibles.

De este modo la elección de un tipo de hipoteca con tipo de interés fijo o variable debe realizarse en función de tres parámetros fundamentales:

  • Euribor: Hay que estar muy pendiente de su evolución, y evaluar cuales son sus espectativas.
  • Tipo de interés fijo que logremos negociar en nuestro banco. Este valor depende en gran medida de la duración de la hipoteca. A mayor duración, mayor tipo de interés.
  • Plazo de la hipoteca: Un largo plazo, nos permitirá pagar menores cuotas anuales, pero este plazo afecta al precio total que pagaremos, ya que aumenta los intereses tanto de tipo fijo o variable. Pero es verdad que las hipotecas de tipo fijo no suelen ser comunes, para periodos de más de 20 años.

Por último comentar que existe una última modalidad: el Tipo de interés mixto: Esta fórmula consiste en negociar una hipoteca a un tipo de interés fijo durante los primeros años y el resto del plazo a un tipo variable.

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Comentarios al artículo

1

Escrito por: PIAS, planes individuales de ahorro
Fecha: September 5, 2007 at 12:57 pm

[...] anual permitida de 8000 euros, bien en aportaciones únicas o periódicas, remuneradas a tipos de interés similares a los de la deuda [...]

2

Escrito por: Ley que abarata el cambio de hipoteca
Fecha: October 18, 2007 at 10:00 am

[...] Las reformas más importantes de la ley, que sólo se aplicarán a las hipotecas contratadas después de su puesta en vigor, se encuentra la reducción de la comisión máxima por subrogación o cancelación anticipada del 1 al 0,5% en las hipotecas a interés variable. [...]

3

Escrito por: Jose Antonio
Fecha: November 12, 2007 at 9:21 pm

Yo creo que la mejor opción es hipoteca de interés variable, de esta manera aprovecharemos cualquier bajada de los tipos de interés y pagar menos al mes de hipoteca

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