Impuesto sobre la Renta 2006 (IRPF 2006) 1ª parte
El 2 de Mayo, y hasta el 2 de Julio, comienza un año más el periodo de presentación de la Declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta y Patrimonio del año 2006 (IRPF 2006).
A través de este post y sucesivos, intentaremos recordar, en líneas generales, cuáles son los puntos básicos que hay que tener en cuenta al ahora de hacer la Declaración, y aclarar la tributación por cuentas personales, cuentas viviendas, créditos, préstamos y cuentas de créditos, los rendimientos del capital mobiliario, tales como operaciones en valores cotizados, y fondos de inversión, seguros de vida individuales y planes de pensiones, así como deducciones.
NO tienen obligación de declarar:
a.- Rendimientos íntegros del trabajo cuyo importe no supere los 22.000 euros anuales, ó 8.000 euros anuales cuando:
a.1.- procedan de más pagadores, siempre que las cantidades percibidas de los segundos y sucesivos pagadores no supere los 1.000 euros anuales.
a.2.- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
a.3.- Cuando el pagador no esté obligado a retener.
b.- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención que no superen los 1.600 euros anuales.
c.- Rentas inmobiliarias de un solo inmueble, o rendimientos mobiliarios no sometidos a retención de no más de 1.000 euros anuales.
Una vez hayamos determinado nuestra obligación de tributar, y hayamos decidido si hacerlo individual o conjuntamente, habremos de tener en cuenta que las tarifas aplicables al IRPF 2006 son las siguientes:
|
Base liquidable |
Cuota |
Resto Base |
Tipo (%) |
|
0,00 |
0,00 |
4.161,60 |
15 |
|
4.161,60 |
624,24 |
10.195,92 |
24 |
|
14.357,52 |
3.071,26 |
12.484,80 |
28 |
|
26.842,32 |
6.567,00 |
19.975,68 |
37 |
|
46.818,00 |
13.958,00 |
En adelante |
45 |
El lugar y modo de presentación de las declaraciones en función de su resultado es el que se refleja en el siguiente cuadro-resumen:

En cuanto a las deducciones básicas previstas son:
|
Deducciones |
Mínimo (%) |
Máximo (%) |
Límite (euros) |
|
Compra de vivienda |
15 |
25 |
9.015 |
|
Cuenta ahorro-empresa |
15 |
|
9.000 |
|
Donativos a fundaciones |
10 |
|
|
|
Maternidad |
|
|
1.200 |
Consejos prácticos:
1.- Obtener de Hacienda los datos personales con los que cuentan.
2.- Hacer la declaración por ordenador (a ser posible con el Programa Padre)
3.- Compararla con la anterior para así comprobar que no haya nada que se haya olvidado.
4.- Las operaciones de valores y fondos no se declaran hasta que no se materializa la venta.
5.- Comprobar que hemos puesto correctamente las fechas de compra y venta de los productos que declaremos.
6.- Compensar las minusvalías y plusvalías correspondiente a periodos de tiempo iguales: las de menos de un año por un lado, las de más por el otro.
7.- Se puede desgravar cualquier préstamo (aunque no sea hipotecario) que se haya destinado a la compra de vivienda
Artículos relacionados
Comentarios al artículo
1
Fecha: July 12, 2007 at 9:20 pm
[...] Continuando con las nociones básicas, de forma resumida, para la cumplimentación de la Declaración de Renta 2006 y de la que hicimos una introducción en un post anterior, pasaremos a desarrollar cada uno de los apartados principales con los que nos encontraremos: [...]
2
Fecha: October 2, 2007 at 7:11 pm
Escribe aquí tu comentario.
se podría desgravar el prestamo realizado por un particular a otra persona destinado a la compra de primera vivienda? si se hacen pagos mensuales para la devolución de dinero y logicamente sin intereses, no es una entidad bancaria.






Últimos comentarios