Alquiler con derecho a compra
Es obvio que con la crisis que está cayendo, el poder comprarse una vivienda en propiedad está cada vez más difícil no siendo porque no haya oferta sino porque los bancos ponen muchas dificultades a la hora de conceder un crédito en forma de avales, una cantidad de ingresos determinada mensualmente…. y habiendo de tener una cantidad de dinero ahorrada para la parte del precio que no financia el banco.
Es por ello que ante el parón del sector las inmobiliarias han ideado fórmulas para atraer la atención de los demandantes de una vivienda como por ejemplo la opción del alquiler con derecho a compra. Las ventajas que ofrece el alquiler con derecho a compra son claras ya que por una parte salen ganando las inmobiliarias porque dan salida como mínimo de una manera temporal a las viviendas que tienen en stock y obtienen unos ingresos en forma de renta mensual y a su vez la cuota mensual que pagan los inquilinos no se pierde ya que en caso de interesarles la casa, por haber mejorado su situación económica, a un plazo de 2-5 años ese alquiler pagado se descontará del precio final de la vivienda.
Esta idea no es exclusiva de las inmobiliarias ya que también la aplican algunas en sus planes de vivienda respectivos CCAA como Madrid, Andalucía o Cataluña a VPO para personas con unos ingresos determiandos. En el caso De Andalucía, esta comunidad les ofrece una ayuda económica para pagar el alquiler que oscila entre el 20-40% de la cuota y si pasados siete años interesa la vivienda para quedarsela en propiedad se descuenta del precio final el 50% de lo pagado en concepto de alquiler.
Precisamente con estas opciones, tenemos dos posibilidades a la hora de acogernos a la alternativa de viviendas de alquiler con opción a poder comprarla, que vienen a ser bien una financiación mixta, o ampararnos como hemos indicado antes en las VPO.




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