Seguro de protección contra el paro: último requisito de las entidades financieras
Tal y como se ha puesto la situación económica las entidades financieras no se conforman a la hora de conceder una hipoteca con que tengas que domiciliar la nómina y que ésta sea de una buena cuantía, de pedir avales, contratar tarjetas de crédito y seguro de vivienda y de vida….. sino que para asegurarse el pago de las mensualidades todavía exigen más.

Así que la última exigencia, que no es obligatoria según la Unión de Consumidores Españoles, de las entidades financieras hace referencia a la contratación de un seguro contra el paro que nos permitirá en caso de quedarnos sin trabajo poder pagar nuestro préstamo hipotecario durante unos 12 meses por lo general y con un importe a pagar por este seguro que estará en función de la cuantía de la vivienda entre otras cosas.
De esta manera estos seguros de protección contra el paro se han duplicado en el 2008, algo fácil de conseguir puesto que su uso hasta esta crisis era muy limmitado, así que a partir de ahora y por regla general el desembolso que tendremos que hacer para contratar una hipoteca será algo mayor aunque en este caso nos vendrá bien si nos quedamos en algún momento sin trabajo.
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