SIP, Sistema Institucional de Protección
El Banco de España, el gobierno y la crisis financiera ha provocado que ante la necesidad y exigencia de que se produzca una reordenación del sistema financiero español, pudiendo echar mano del FROB, muchas entidades, principalmente cajas de ahorros, se fusionen con otras poniendo de moda la utilización de una figura hasta ahora desconocida y que tiene por nombre SIP o Sistema Institucional de Protección.
El SIP o Sistema Institucional de Protección se puede definir como una forma o alternativa de integración para estas entidades financieras con apuros y problemas económicos sin que se llegue al termino de fusión propiamente dicho y que implique la desaparición de una o varias entidades dando como resultando una nueva entidad.

Es decir, el SIP o Sistema Institucional de Protección consiste en formar una especie de holding financiero, donde las entidades financieras tienen que aportar o integrar al menos el 40% de su negocio financiero aunque pueden seguir manteniendo sus consejos de administración y sus oficinas como marcas locales por un periodo de diez años, debiendo integrar en esta nueva sociedad todas las oficinas que se localicen fuera de su comunidad autónoma.
El objetivo que se persigue con la adopción de este Sistema Institucional de Protección es el establecimiento de acuerdos económicos financieros de carácter recíproco entre todas las entidades intervinientes; en definitiva establecer la base de futuros mecanismos de apoyo y defensa para reforzar su solvencia, liquidez, aumentar su estabilidad a través de políticas comunes de gestión y control de riesgos, liquidez…
Imagen: Google
- Categorias: Varios



Comentarios: