Contrato de prácticas
Una de las modalidades contractuales que utilizan los empresarios para contratar a los universitarios o estudiantes de formación profesional que acaban sus estudios es a través de la fórmula del contrato de prácticas ya que con éstos se facilita la incorporación al mercado laboral de estos trabajadores que no tienen experiencia y que les sirve para adquirirla.
Uno de los requisitos para poder utilizar el contrato de prácticas es que no hayan pasado más de cuatro años desde que se terminaron los estudios y la duración de los mismos no será inferior a seis meses ni superior a los dos años incluidas las prórrogas que se puedan hacer, salvo que en el convenio laboral de la empresa se estipule otra cosa.

Así mismo en el contrato de prácticas se podrá estipular a que puesto de trabajo o labor profesional se tiene derecho a desempeñar y el contrato deberá ser formalizado por escrito y conteniendo los datos relativos a la titulación del trabajador, la duración de éste, puesto para el que se es contratado…
Obviamente la retribución de este tipo de contrato de prácticas para estos trabajadores es inferior por ejemplo a la de un contrato indefinido para el mismo trabajador, siendo esta retribución la fijada en el convenio colectivo para estos contratos pero que nunca será inferior al 60% el primer año o al 75% el segundo año, de lo estipulado en el contrato de un trabajador que desempeñe las mismas funciones que el que tiene el contrato de prácticas y nunca estando la retribución por debajo del SMI.
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