Ayudas alquiler vivienda
Debido a la crisis han aumentado dramáticamente los trámites de ayudas para el alquiler de las viviendas, cada vez más personas buscan el poder tener algún tipo de ayuda que les ayude a pagar el alquiler o a poner pisos en alquiler.

En la Página Web del ministerio de vivienda se puede apreciar la existencia de cuatro tipos de ayuda generales para el alquiler de las viviendas:
- Ayudas para la promoción de viviendas en alquiler destinada a los promotores de viviendas protegidas de nueva construcción para alquiler, la cuantía máxima es de 80% el precio máximo de la vivienda.
- Ayudas para la rehabilitación de viviendas destinadas el arrendamiento; destinada para los propietarios de viviendas libres, la cuantía máxima es de 6.000 euros y los gastos de rehabilitación incluirán coste de seguro por impagos y desperfectos no ordinarios.
- Ayudas para los inquilinos dirigida preferencialmente a quienes no sean mayores de 35 años, requiere que se presente el contrato de arrendamiento para su visado; la duración máxima de esta ayuda es de 24 meses en caso de que persistan las circunstancias que dieron lugar a la ayuda, una vez pasados los 24 meses no se la puede obtener nuevamente hasta pasados 5 años.
- Ayudas a propietarios de viviendas libres para arrendar con una cuantía máxima de 6.000 euros.
A parte de estas ayudas existen muchas más que se aplican a diferentes situaciones como la adquisición de una vivienda por los jóvenes, el pago de conexión de servicios básicos, ayudas para la reparación de daños, etc. Sin embargo estás últimas son dirigidas a ciertas localidades, para estar al tanto de ellas es posible consultar en las páginas web de los ayuntamientos de diferentes comunidades o portales como enalquiler.com; y en el caso de los jóvenes, estos pueden mantenerse actualizados visitando: ayudas vivienda joven.
Más Información: Ministerio de Vivienda
Comentarios:
8 Comentarios al Artículo: Ayudas alquiler vivienda
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Me parece muy bien lo de las ayudas de alquiler para jóvenes menores de 35 años, pero hay un colectivo eternamente olvidado que es que los que superamos esa edad ya se da por supuesto que tenemos empleo fijo, sueldos superiores a 1000 euros, con/sin cargas familiares ¿quien se acuerda de nosotros? se da por supuesto que con una edad como la mía que es de 47 años, sigo trabajando en precario, es decir formo parte de un colectivo que trabaja como contratado para la Administración pública,divorciada con hijo a cargo de 23 años víctima del paro juvenil.
Declaración de la renta.
Tengo la suerte de ir trabajando, claro que si soy afortunada, pero es justo que en mis condiciones, al haber dejado de trabajar menos de 1 mes solicité el cobro de las prestación en el INEM, porque nunca se cuando pueden volver a llamarme para trabajar de nuevo y como tienes 15 días hábiles para solicitar prestaciones, en el supuesto de no solicitarlas en ese periodo lo pierdes; pero ahora viene lo mejor el clavo de hacienda de 429 euros a pagar porque la rentención cuando estás en paro no existe, hay dos pagadores y te toca pagar así que la paga extra se va para el Estado; cobro 1.400 euros desde hace aproximadamente un año ya que antes no teniamos reconocida la antiguedad (trienios) sigo contando:pago del alquiler, teléfono, luz,agua… y un sinfin de recibos y todo esto restringiéndote un montón es decir que llevo una vida de anacoreta en la ciudad, por eso creo que las ayudas deberían ser sin límite de edad, por los ingresos percibidos aplicar las ayudas.
He solicitado pisos de protección oficial y hasta la fecha nada de nada. Ahí queda eso