Certificado Renta

Por | 28/03/2010 Sin comentarios

Todas las empresas que realicen retenciones tienen la obligación de emitir el Certificado de Retenciones del IRPF, el mismo es emitido por los programas de ayuda de la AEAT.

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Esta obligación se encuentra contemplada en el Reglamento del IRPF artículo 108.3 en el cual se expresa lo siguiente:

3.- El retenedor u obligado a ingresar a cuenta deberá expedir en favor del contribuyente certificación acreditativa de las retenciones practicadas o de los ingresos a cuenta efectuados, así como de los restantes datos referentes al contribuyente que deben incluirse en la declaración anual a que se refiere el apartado anterior.

La citada certificación deberá ponerse a disposición del contribuyente con anterioridad a la apertura del plazo de declaración por este Impuesto.

A las mismas obligaciones establecidas en los párrafos anteriores estarán sujetas las entidades domiciliadas, residentes o representadas en España, que paguen por cuenta ajena rentas sujetas a retención o que sean depositarias o gestionen el cobro de rentas de valores.

Un punto muy importante es que la certificación debe ponerse a disposición del contribuyente antes de la apertura del plazo de declaración de este impuesto.

Lo que se tiene que hacer es transcribir copia de todos los datos consignados en los diferentes modelos en donde consten los datos de las personas que hayan estado relacionadas, además de los importes pagados, las retenciones y gastos deducibles.

Entre el grupo de personas a quienes se debe emitir la certificación se encuentran los diferentes trabajadores que hayan sido contratados durante el año impositivo además de los diferentes profesionales con quienes se haya realizado alguna relación comercial o de prestación de servicios.

Imagen: Google




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