Una vez que se cierra el plazo el 30 de junio para poder presentar la declaración de la renta de las personas físicas, es cuando Hacienda se dedica a cotejar de manera aleatoria los datos aportados por los contribuyentes para poder detectar las posibles anomalías o errores cometidos a la hora de cumplimentar la renta.
En el caso de que la Agencia Tributaria detecte cualquier error, discrepancias entre los datos aportados por los contribuyentes y los datos que ésta posee de todos los españoles, entonces en este caso Hacienda se dedica a abrir expedientes donde se notifica al contribuyente el problema en cuestión, unos expedientes que reciben el nombre de declaración paralela.
La declaración paralela de Hacienda supone una liquidación provisional efectuado por el ente público y donde generalmente se reclama al contribuyente el pago de una cantidad superior a la que tenía que pagar o simplemente le sale un importe a devolver menor y se llaman así porque en esta declaración aparecen dos columnas, una donde se muestran los datos aportados por el usuario y en otra columna los datos que obran en poder de la agencia tributaria y que estima son los reales.
En caso de no estar de acuerdo con esta declaración paralela de Hacienda, el ciudadano podrá presentar alegaciones señalando su disconformidad con esta liquidación provisional y rebatiendo ésta debiendo aportar toda la documentación necesaria con el fin de que no salgamos perjudicados con la declaración de la renta.
Imagen: Google

A un cliente mío todavía no le ha devuelto hacienda, se deberá a que están haciendole una declaración paralela?
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