Modelo 347 ¿Cuándo se tiene que presentar el 347 en 2021 los autónomos y PYMES? Calendario

Todos aquellos autónomos y PYMES que tengan clientes o proveedores que en el total del año superen los 3.005,06 euros deben presentar la declaración correspondiente a través del Modelo 347, de modo que si ese es tu caso te explicamos ahora cuándo se tiene que presentar el 347 en 2021, qué calendario tiene y también […]

Todos aquellos autónomos y PYMES que tengan clientes o proveedores que en el total del año superen los 3.005,06 euros deben presentar la declaración correspondiente a través del Modelo 347, de modo que si ese es tu caso te explicamos ahora cuándo se tiene que presentar el 347 en 2021, qué calendario tiene y también todos los pasos a seguir para presentar este modelo de forma correcta.

¿Qué es el modelo 347?

El modelo 347 o Declaración Anual de Operaciones con Terceras Personas, es un trámite informativo de carácter anual en el que autónomos y PYMES, especifican la suma de operaciones realizadas con un cliente o proveedor siempre y cuando estas superen los 3005,06€.

Modelo 347 cuando se tiene que presentar

Operaciones que se declaran en el modelo 347

Las operaciones que se declaran en el modelo 347 son todas aquellas que alcancen el importe indicado aunque debemos especificarlas con detalle para que os quede claro si en vuestro caso, o el de vuestra empresa, tenéis que declararlas:

  • Los anticipos de clientes a proveedores . Luego una vez, la operación se haya realizado, se declarará el importe total de la misma restando el importe del anticipo ya declarado, siempre y cuando el total de esta resta supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad, el límite de 3.005,06 euros.
  • Servicios prestados a establecidos en las islas Canarias. a excepción de las entregas y adquisiciones de bienes que sean exportaciones o importaciones (entre el territorio peninsular español o las islas Baleares y las islas Canarias, Ceuta y Melilla).
  • Servicios relacionados con las exportaciones
  • Cantidades recibidas en metálico que superen los 6.000 euros (no se incluyen cheques al portador).
  • Subvenciones públicas recibidas en el caso de que estas no son reintegrables, y si superan los 3.005,06 euros.
  • Las cooperativas dado que estas son sociedades con personalidad jurídica de manera que los socios se consideran terceros.
  • Las operaciones de seguro en función del importe de las primas o contraprestaciones que se hayan percibido y las indemnizaciones o prestaciones satisfechas (para las empresas de seguros).

Operaciones que están excluidos a la hora de rellenar el modelo 347

En cuanto a las operaciones que no se deben incluir cuando se rellene el modelo 347, son estas:

  • El pago de un dividendo dado que no corresponde a una entrega de bienes o a una prestación de servicio
  • Las entregas de terrenos realizadas a las juntas de compensación que en el caso de actuar como fiduciarias.
  • Las entregas y adquisiciones de bienes que sean exportaciones o importaciones (envíos entre el territorio peninsular español o las islas Baleares y las islas Canarias, Ceuta y Melilla).
  • Las operaciones de suministro de las empresas de agua y luz.
  • Las cuotas satisfechas a la Seguridad Social o los impuestos (IAE, IBI).

¿Quién tiene que rellenar el modelo 347?

Modelo 347 cuando se tiene que presentar calendario

El modelo 347 debe ser presentado por los autónomos y empresas (PYMES)  cuya actividad profesional o empresarial, tal y como ya hemos dicho, alcance un importe de adquisiciones a proveedores o ventas a clientes que superen los 3.005,06 euros durante el ejercicio del año anterior.

¿Cuándo tienen que presentar el modelo 347 en 2021 los autónomos y PYMES?

Modelo 347 cuando tiene que presentar

Según informa la Agencia Tributaria, el modelo 347 en 2021 tiene un plazo de presentación del 1 de febrero al 1 de marzo de 2021.

Cómo Rellenar el modelo 347 paso a paso

Modelo 347 cuando se tiene presentar

Una vez que ya hemos sabido si tenemos que presentar o no el modelo 347 y el plazo para hacerlo queremos ayudarte a que sepas cómo rellenarlo, algo que se debe realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, es decir, por internet.

De este modo, debes entrar en la web de la Agencia Tributaria e identificarte con tu DNI electrónico o el certificado digital. En caso de no tener ninguno de estos accesos puedes solicitar un código ceguro de verificación.

Cuando te hayas identificado, ya puedes abrir el modelo 347 que verás que consta de tres páginas así que vamos una por una y paso por paso.

Primera página modelo 347-Declarante y ejercicio

Como en cualquier otro modelo de los que sueles presentar a Hacienda en esta primera página tienes que anotar los datos de tu empresa o en el caso de ser autónomo, los nombres y apellidos, así como el DNI (en el caso de la empresa deberás poner el NIF).

Una vez rellenados los datos verás el apartado «Declaración complementaria o sustitutiva» en la que tendrás que marcar la casilla de «Declaración Complementaria» si vas  a declarar determinadas percepciones de la declaración anterior.

En cambio, si los datos con respecto a la declaración del ejercicio anterior o deseas sustituir la declaración tienes que marcar la opción «Declaración Sustitutiva».

El siguiente apartado será el de «Resumen de los datos incluidos en la declaración» que consta de varias casillas en las que se va resumiendo todo aquello que más adelante declararás con detalle. Son estas:

  • Casilla 1: Tienes que anotar el número total de clientes y proveedores con los que realizaste operaciones en el ejercicio anterior que superen como ya mencionamos los 3.005,6€.
  • Casilla 2: Debes indiciar el importe total (incluyendo IVA) de la suma de operaciones que has realizado con esos clientes.
  • Casilla 3: Debes anotar el número total de inmuebles, si por ejemplo tienes varios locales, o aquellos en los que se paga un alquiler para ejercer tu actividad.
  • Casilla 4: Tiendes que anotar el importe total (incluyendo el IVA) del alquiler o arrendamiento del local en el que desarrollas tu negocio.

Para acabar con esta primera página del modelo 347 debes anotar la fecha del día en el que presentas el modelo y tu firma digital.

Segunda página modelo 347-Relación de declarados

De nuevo se comienza esta página con los datos identificativos, además de anotar el año de ejercicio.

El siguiente apartado será el de Declarados, que tiene relación con los clientes y proveedores que anotaste en la página anterior.

De este modo tienes que ir anotando los siguientes datos:

NIF declarado: el NIF de tu cliente o de tu proveedor.
NIF del representante:  en el caso de que tu cliente o proveedor sea menor de edad.
Nombre o razón social: Indica el nombre comercial de tu cliente o proveeedor
Provincia: Anotando los dos primeros dígitos del código postal de la provincia a la que pertenece tu cliente o proveedor.
País: En el caso de que el cliente o proveedor se encuentre fuera de España.

En el apartado que recibe el nombre de «Clave Operación», verás que aparecen varias letras para identificar el tipo de operación con respecto a tu actividad con respecto a ese cliente o empresa. Son estas:

  • A = Compra
  • B = Venta
  • C = Cobros a terceros con una cantidad superior a los 300,51 euros
  • D = Adquisiciones al margen de la actividad empresarial por entidades públicas
  • E = Subvenciones o ayudas (solo la marca la Administración Pública)
  • F = Ventas de agencias de viaje
  • G = Compras de agencias de viaje

Normalmente se suele marcar las casillas A o B.

Luego tienes estas otras casillas que debes marcar en función (más que nada) de tu actividad:

  • Operación seguro: En caso de que se trate de una agencia de seguros
  • Arrendamiento local negocio: Si has alquilado un local para tu negocio.
  • Importe percibido en metálico:Anota la cantidad total (incluyendo el IVA) en caso de que la percepción del cliente o proveedor supere los 6.000 euros.
  • Ejercicio: Referente al año en el que cobraste el importe en metálico.
  • Importe anual de las operaciones: Anota el importe total de tu cliente o proveedor (incluyendo el IVA), detallando lo que percibiste en cada trimestre.
  • Importe anual percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA: Anotar el importe total (incluyendo el IVA) de aquellas operaciones que tengan relación con las contraprestaciones por transmisiones de inmuebles.

Tercera página modelo 347-Relación de Inmuebles

La tercera y última página del modelo 347 se refiere a los locales que hayas alquilado para ejercer tu negocio y que el valor de esas rentas pagadas superen los 3.005,06 euros. Como en las anteriores páginas tienes varias casillas que son:

  • NIF del arrendatario: O si es menor de 14 años se deberá anotar el NIF de su representante legal.
  • Nombre o razón fiscal.
  • Importe total de la operación:Todo lo que se ha pagado de alquiler (incluyendo impuestos).
  • Referencia catastral del inmueble.
  • Situación: Anotar donde está el local en España (a excepción de País Vasco y Navarra), en el “1” . Para locales en el País Vasco o Navarra, debes anotar el valor “2”. Si tiene referencia catastral, debes anotar el “3”. Si está en el extranjero, debes anotar un “4”.
  • Por último quedará anotar la dirección completa del local alquilado.

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