Quiénes deben hacer la declaracion de renta | Cómo saber si estoy obligado

En breve comenzará la nueva campaña de la Renta 2020 (para la declaración del IRPF 2019) de modo que si nunca has hecho la declaración y te preguntas si debes hacerla o no, te explicamos a continuación en Definanzas, Quiénes deben hacer la declaración de renta y cómo saber si estoy obligado. Quiénes deben hacer la […]

En breve comenzará la nueva campaña de la Renta 2020 (para la declaración del IRPF 2019) de modo que si nunca has hecho la declaración y te preguntas si debes hacerla o no, te explicamos a continuación en Definanzas, Quiénes deben hacer la declaración de renta y cómo saber si estoy obligado.

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Quiénes deben hacer la declaración de renta

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Antes que nada, tenemos que decir que en realidad todas aquellas personas que tienen algún tipo de renta o pensión contributiva están obligadas o deben hacer la declaración de la renta. A pesar de ello, si echamos un vistazo al artículo 96 la Ley de IRPF y el artículo 6 del Reglamento de IRPF se tienen en cuenta algunos casos por los que una persona puede estar exenta de declarar el IRPF.

Dicho esto, puede que pensemos que quizás nos incluímos entre esos casos de personas que no hace falta que hagan la declaración, algo que estará relacionado siempre en función de lo que hayamos cobrado a lo largo del año y su procedencia y si tal vez nuestros ingresos no es necesario que se incluyan en la declaración del  IRPF.

Viendo la normativa de la Agencia Tributaria deben hacer declaración de la renta, todas aquellas personas que tienen:

  • Derecho a deducciones por inversión en vivienda
  • Una cuenta ahorro-empresa doble imposición internacional
  • Contribuyentes que hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho durante el pasado año.

También si hemos cobrado alguna deducción por maternidad y nacimiento o adopción de forma anticipada, tendremos que hacer la declaración e incluir como no, estas aportaciones.

De este modo, vemos que prácticamente todos hemos de hacer la declaración sea por el motivo que sea de los antes señalados pero ¿cómo saber si estoy obligado? Ahora te lo contestamos.

Cómo saber si estoy obligado

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Para saber si estamos obligados o no a hacer la declaración de la renta será bueno que veamos cuáles son los ingresos del IRPF que se van a declarar ya que dependiendo de la cantidad puede que no sea necesario, o no pasará nada, hacer la declaración si tenemos rentas procedentes de:

a) Rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:

  • Siempre que vengan de un solo pagador
  • Cuando existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros
  • Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad social y de Clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones, Seguros colectivos, Mutualidades de previsión social, Planes de previsión social empresarial, Planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia), siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido. En este caso es obligatorio que el contribuyente presente una solicitud a tal efecto mediante el modelo 146

El límite se fija en 11.200 euros anuales en los siguientes supuestos:

a) Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.
b) Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
c) Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
d) Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Exentos

Tampoco tendrá que presentar la declaración en ningún caso quienes obtuvieran en 2019 rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superaran los 1.000 euros ni quienes tuvieran, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Cabe añadir a esto que aunque entremos dentro del grupo de esas personas exentas, es mejor que hagamos nuestra declaración ya que los contribuyentes con derecho a recibir una devolución tendrán que confirmar el borrador o presentar la declaración para obtener dicha devolución.

Si tras lo explicado, eres de las personas que debe hacer la declaración de la renta, te interesa saber como se debe de  presentar de manera online, como te explicamos en el enlace que puedes ver a continuación:

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