Si eres extranjero y deseas poder traer a tu familia contigo, puedes acogerte a la conocida como reagrupación familiar aunque para que se produzca, existen una serie de condicionantes y requisitos que se deben cumplir de modo que vamos a explicaros a continuación, toda la Documentación necesaria para tramitar la reagrupación familiar.
Qué es la reagrupación familiar
Cuando hablamos de reagrupación familiar, lo hacemos de un permiso que se da a personas de nacionalidad extranjera para que puedan vivir en el país (en este caso España) en el que ya viva un familiar. Dicho permiso de residencia no se le concede a cualquier familiar sino que solo pueden acceder a él en el caso de ser padre o madre, hijos o cónyuge de la persona que ya está residiendo en España.
De este modo, la persona que ya reside en España y lleve un año como mínimo en nuestro país, tendrá que renovar su permiso de residencia por un año más, y será entonces cuando podrá solicitar la reagrupación familiar.
Qué miembros de la familia se pueden reagrupar
-Cónyuges
-Hijos: Siempre y cuando sean menores de 18 años (también adoptados o no casados, o con incapacidad). Para los hijos que son solo de un miembro de la pareja, este debe tener su patria potestad y custodia completa.
-Padres/Madres: Tanto de quien solicita la reagrupación como del cónyuge. Para ello debe justificar que esas personas están a su cargo, es decir, que durante el periodo de al menos un año, el solicitante se ha hecho cargo de sus gastos.
Si cumples estos requisitos, puedes acudir a una oficina de de extranjería y solicitar el trámite para realizar una reagrupación familiar.
Documentación necesaria para tramitar la reagrupación familiar
Si vas a solicitar la reagrupación familiar necesitarás presentar los siguientes documentos:
- Un copia de la documentación en la que se acredite el vínculo o relación con el familiar (puede ser una partida de nacimiento o un certificado de matrimonio).
- Una copia de tu pasaporte actualizada
- Una copia de tu tarjeta de residencia renovada (si no está renovada te valdrá tu tarjeta adjuntando la solicitud de renovación).
- Un justificante o documento que acredite tener medios económicos (ya sea la declaración de la renta o una nómina por ejemplo).
- Contrato de alquiler o de compra de la vivienda en la que se vive.
- Informe del ayuntamiento conforme la vivienda está habilitada para que la familia pueda vivir en ella.
- Copias de los pasaportes de los familiares que se van a reagrupar.
- Copia de tu tarjeta sanitaria o de la afiliación a la Seguridad Social.
- Declaración jurada del reagrupante (tú) que no tienes otro cónyuge en España (en el caso de quere reagrupar a tu cónyuge).
- Justificante de haber sido responsable de los ascendientes (padre ,madre o suegros) durante al menos un año
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
Menores que ya viven en España
En el caso de tener a tus hijos menores en España, puede solicitar la residencia para ellos aunque deberás cumplir dos requisitos: que tú seas residente legal y que el menor en cuestión lleve residiendo en España al menos dos años.
Deberás aportar tu pasaporte, tu permiso de residencia actualizado, tu informe de la vivienda, y justificante que acredite medios económicos, además del justificante de escolarización del menor.
En el caso de que el menor haya nacido en España, no será necesario nada de lo indicado, tan solo debes acudir a la Oficina de Extranjería con tu pasaporte y su certificado de nacimiento y se le otorgará el derecho de residencia.
Pasos a seguir una vez has realizado la solicitud de reagrupación familiar
Una vez se ha hecho la solicitud, vamos a esperar a que nos den una resolución para saber si podemos o no reagrupar a nuestros familiares. En caso de ser positiva, vamos a recibir en casa una carta certificada en la que constará de manera oficial la autorización para llevar a cabo la reagrupación.
Cogemos esa autorización y nos vamos al consulado español donde tendremos que solicitar el visado de residencia temporal por reagrupación familiar. Dicho visado se puede solicitar en un plazo de dos meses desde que nos dan la autorización.
Las personas reagrupadas tendrán cada una de ellas su visado de residencia pero este es temporal de modo que deberán viajar a España antes de que caduque dicho visado. Cuando ya se encuentren en nuestro país, tendrán entonces que solicitar la tarjeta de residencia. Para ello tienen un plazo de un mes, y deberán tramitarla en las dependencias de la Policía Nacional (u Oficina de Extranjeros), donde tendrás que presentar el pasaporte, la resolución favorable de la reagrupación familiar y cuatro fotografías. Además les tomarán las huellas dactilares.
Una vez en España con la tarjeta de residencia solicitada, puede que las personas reagrupadas deseen poder trabajar en nuestro país. Para ello tienen que presentar no solo con un empleador que presente la solicitud en tu nombre, sino que dicha oferta de trabajo debe ser real y llevarse a cabo. Además, dependiendo del tiempo que dure el trabajo, la persona podrá solicitar una autorización de residencia al margen de la persona reagrupante.
Solicitar autorización de residencia independiente a la del familiar reagrupante
Además de en el caso de encontrar un trabajo siendo familiar reagrupado, estos puedes solicitar su propio permiso de residencia siempre y cuando:
- Lleven residiendo en España por un periodo de al menos cinco años
- En el caso de haberse roto el vínculo conyugal (pero acreditando que se ha convivido con el reagrupante al menos dos años).
- En casos de violencia de género en favor del reagrupado y siempre bajo una orden judicial.
- Que se haya producido la muerte del reagrupante.
Como cualquier otro permiso o tarjeta de residencia, la que se recibe por reagrupación familiar debe ser renovada antes de que caduque. Para ello se tiene que ir a la oficina de extranjería y presentar el pasaporte así como la autorización que certifica la reagrupación familiar.