¿Sabías que si has estado en ERTE por culpa del coronavirus estás obligado a presentar la declaración de la renta en 2021 y pagar parte del impuesto que no has adelantado mientras estabas cobrando del ERTE? Sí, estás leyendo bien, todas las prestaciones por desempleo o por ERTE están sometidas a una retención (suele tener un porcentaje mínimo), por lo tanto, deben de pagarse la parte de la cuota pendiente que no has pagado en los pasados meses. Aquí te explicamos todo para que estés bien informado:
¿Cuándo tienes la obligación de declarar los ingresos en la Declaración de la Renta o IRPF?
Tienes obligación de hacer la declaración de la renta en 2021 si:
- Tus ingresos anuales superan los 22.000 euros y solo tienes un pagador
- Si tienes 2 pagadores y has superado los ingresos de 14.000 euros anuales y la suma percibida por el segundo pagador supera los 1.500 euros
El ERTE y la Declaración de la Renta en 2021
Ya hemos visto en qué casos está obligado que hagamos la declaración de la Renta, pero tal y como hemos avanzado al principio, para el ejercicio de 2020 que se presenta este 2021, es posible que más de una persona que en un principio estaría exenta de hacerla, tendrá que acabar presentando su declaración dado que durante el año pasado, y debido a la crisis por la pandemia de Coronavirus, fueron muchos los trabajadores que acabaron en una situación de ERTE y estos son considerados ingresos y además, de parte de un segundo pagador.
Como ya sabrás, el ERTE se cobra a través del servicio público de empleo estatal como si fuera cualquier otra prestación, pero el SEPE se considera como un segundo pagador, y de ahí que la situación con respecto a la Declaración de la renta puede que cambie para muchos trabajadores.
De este modo, tendremos a un primer pagador que será la empresa para la que hemos estado trabajando y por otro lado estará el SEPE que será el segundo pagador y sin importar quien nos paga, las cantidades que cobramos se considerarán rendimientos íntegros del trabajo, por lo que deben ser declaradas.
Así que nos toca hacer el cálculo y en el caso de que tal y como hemos mencionado, la suma de lo que hemos ingresado por parte de los dos pagadores (durante el 2020) supere los 14.000 euros anuales y además lo ingresado solo por el segundo pagador (o el SEPE), sea mayor a 1.500 euros, no nos quedará otra que presentar la declaración de la Renta 2021, cuya campaña dará comienzo en Abril de 2021.
Cómo hacer la Declaración de la Renta (IRPF) por Internet
¿Cuál es la retención de los trabajadores incluidos en ERTE?
Por otro lado debes saber además, que la retención que se aplica sobre los ERTE es mínima (o nula) por lo deberemos tener esto muy en cuenta para hacernos una idea exacta de lo que posiblemente tengamos que pagar una vez presentemos nuestra declaración de la Renta 2021.
Tenéis que saber que el máximo de ayuda que se concede en el ERTE es de 1.098,09 euros (salvo excepciones), de manera que estas prestaciones del SEPE no tienen casi retención (o de hecho ninguna dado que no alcanzan los 14.000 euros, que es la cantidad mínima que se exige para retener y declarar), así que si finalmente no te queda otra, y debes presentar la declaración de la Renta 2021, probablemente «solo» tengas que abonar la parte del impuesto que no se ha adelantado debido a que no se han aplicado retenciones a las prestaciones públicas.
Desde el SEPE lo explican todavía más claro ya que explícitamente en su página web señalan: «Es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, dado que los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de retención».
Así evitas un pago elevado a Hacienda en la Declaración de la Renta de 2021
Entonces y según lo que acabamos de explicar, ¿Cómo puedes evitar un pago elevado a Haciendan en la próxima declaración de la Renta después de no haber soportado retenciones en su IRPF, o que estas hayan sido las mínimas?.
Pues lo que tenemos que hacer es pedir por escrito, al SEPE o a la empresa, la intención de aumentar el porcentaje de retención y de este modo que se puedan incrementar los pagos a cuenta. Así puedes conseguir adelantar un porcentaje mayor de IRPF al mes y con ello que se compensen los pagos a cuenta no ingresados a partir de las prestaciones que hemos recibido. De hecho el propio SEPE deja claro que se puede subir (la retención del IRPF), si usted lo solicita mientras esté percibiendo la prestación contributiva”.
De este modo quedará en tu voluntad el realizara esa solicitud de IRPF, además de poderse actualizar en cualquier momento.
Esto es lo que ocurre si aumentas el porcentaje de retención de IRPF
Entonces, imaginemos que en los meses previos a que hagas la declaración de la renta has aumentado el porcentaje de retención de IRPF de modo que disminuye el importe de lo que debes pagar, pero y ¿si no es así?
No olvides que antes que nada debes solicitar a la empresa que aplique el porcentaje del IRPF pero que este puede ser mayor o menor. De este modo:
- En el caso de que la empresa aplique la retención mínima, no te quedará más que pagar parte de la cuota pendiente en la declaración de la Renta en 2021 si bien «no has adelantado» ese pago. Y si esa retención no se desea cambiar (o no se puede cambiar) quizás cobres más al mes pero también vas a tener que pagar una cuota mayor cuando hagas tu declaración.
- En el caso de que la empresa aplique la retención máxima, lo más seguro es que la declaración de la renta 2021 te salga en negativo y que de este modo, puedas cobrar parte de las retenciones que has pagado de más cada mes.
Porcentajes de la declaración de la renta 2021 o IRPF y el ERTE
Por último, debes saber también qué porcentajes de IRPF se aplican en relación a los SEPE ya que aunque pensemos que son mínimos o nulos, lo cierto es dicha cantidad no queda claro del todo ya que por un lado, el SEPE está obligado de retener a cuenta de los ingresos que recibe el trabajador ERTE, pero desconocemos si el servicio de empleo valora el IRPF aplicado en nómina o de forma directa, aplica el 2% por defecto basándose en un criterio prudencial. De ahí que no pueda decirse a ciencia cierta que el SEPE reconozca las prestaciones a partir del IRPF que todas las entidades gestoras le han enviado.
Sea como sea entonces, debemos informarnos bien (con una llamada a la empresa o al SEPE) ya que a fin de cuentas quien se ve afectado por esta situación es el trabajador. O también tenéis que fijaros lo retenido a partir de la nómina con cada pago que os hayan hecho ya que posiblemente y sabiendo que se trata de impuestos, posiblemente al hacer la declaración de la Renta tengamos que pagar, más o menos, pero en definitiva habrá que abonar algo a Hacienda.