Deducción Vivienda Habitual en la declaración de la renta 2021 (IRPF 2020)

Se acerca el momento de pensar en hacer la declaración de la Renta 2021 (IRPF 2020), y está claro que aunque se dice que tiene "los días contados", todavía podemos incluir en ella la deducción de la vivienda habitual aunque no para todos los casos y dependiendo de algunos factores como vemos ahora en este […]

Se acerca el momento de pensar en hacer la declaración de la Renta 2021 (IRPF 2020), y está claro que aunque se dice que tiene «los días contados», todavía podemos incluir en ella la deducción de la vivienda habitual aunque no para todos los casos y dependiendo de algunos factores como vemos ahora en este post, en el que os explicamos con todo detalle como podéis deducir vuestra vivienda, ya sea de compra o de alquiler, en la Renta 2021 (IRPF 2020).

Declaración Vivienda Habitual

La deducción por vivienda habitual es la deducción que podemos desgravar por la compra de un piso, aunque marcando como requisito el hecho de que sea una vivienda en la que se habita desde un plazo no superior a los doce meses de haberla adquirido, y que se ocupa de una forma efectiva durante un periodo mínimo de tres años salvo en los supuestos de que se produzca el fallecimiento del contribuyente, matrimonio, separación, traslado laboral. La desgravación de la vivienda corresponde también a las declaraciones para pisos o casas que sean de alquiler, tanto por parte del  inquilino como el arrendador, por rehabilitación y por el dinero depositado en las cuentas vivienda.

Además debes cumplir otros requisitos que ahora os resumimos.

Requisitos para desgravar la vivienda habitual:

  • Que constituya la  residencia durante un plazo continuado de como mínimos tres años desde su compra
  • Que la vivienda sea habitada antes de 12 meses desde la fecha de adquisición o desde el fin de su construcción.
  • Que una vez habitada, se haga con carácter permanente y durante al menos tres años, salvo causas justificadas.
  • Para el alquiler: Solo se pueden desgravar viviendas alquiladas con fecha anterior al 1 de Enero de 2016.

Otras deducciones aplicables a la vivienda habitual

Si cumplimos los  requisitos podremos desgravar la vivienda además en los siguientes casos

  • Adquisición y rehabilitación de una nueva vivienda habitual -sólo si la compra es anterior al 1 de enero de 2013.
  • Construcción directa de la vivienda, siempre que no dure más de 4 años.
  • Obras de rehabilitación, determinadas por cada ayuntamiento
  • Dinero depositado en una cuenta ahorro vivienda
  • Adecuación de la vivienda por motivos de minusvalía

Si cumplimos estos requisitos, cada año que realicemos la correspondiente declaración de la renta tendremos derecho a una deducción. Dicha deducción se aplica tanto al pago de la vivienda como a los intereses derivados de este pago, por lo que la desgravación será efectiva mientras estemos pagando una hipoteca. 

Deducciones aplicables para la Declaración 2021

A partir de los distintos cambios que se han aplicado durante los últimos años. Podemos ver qué sucede con las viviendas que hemos comprado en años entre 2011 y 2013, y posterior, ya que fueron esos años cuando la ley se modificó.

Viviendas compradas antes de 2011

Con la nueva ley de economía sostenible, el Gobierno introdujo modificaciones en la deducción por vivienda habitual para impulsar la compra de viviendas de manera que, todas aquellas personas que compraron una vivienda hasta finales del 2010 se pueden beneficiar de la anterior deducción, que desaparece para aquellas personas que compren una vivienda a partir de enero del 2011.

Esta reforma contempla que la deducción por vivienda habitual sea en función de la renta de cada contribuyente, de manera que ésta desaparece para las rentas superiores a 24.107 euros y se mantiene íntegra para todas las rentas que sean inferiores a 17.700 euros. De aquí se dan varios supuestos:

– Las personas que compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero del 2011, tendrán derecho a una deducción por un máximo del 15% sobre 9.015 euros, una cantidad donde están incluidos los intereses y la amortización.

– Las personas que adquirieron su vivienda habitual después del 1 de enero del 2011, variará según la base imponible de la declaración de la renta, pudiendo darse tres casos:

  • Si dicha base imponible es igual o inferior a 17.707,20€ anuales, la base máxima de deducción será 9.040€ anuales.
  • Cuando la base imponible se encuentra entre 17.707,20€ y 24.107,20€ anuales, la base máxima de la deducción será de 9.040€ menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20€ anuales.
  • Si la base imponible es superiores a 24.107,20€ anuales,  no podrá aplicar la deducción por vivienda habitual.

Viviendas compradas antes de 2013

En el año 2013 y con motivo del IRPF 2012,el gobierno anunciaba que se eliminaba el límite de 24.000 euros fijado por el Gobierno de Zapatero para poder deducir por la casa. Es por ello que desde entonces las personas que tienen derecho a desgravar por la compra de la vivienda puede hacerlo sin límites en función de su salario.

Así quedarían los porcentajes a deducir:

  • Un 15% sobre las cantidades aportadas con un límite máximo de 9.040 euros, que podemos traducir en una deducción máxima de 1.356 euros.
  • Se tiene que incluir además el  capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación (por ejemplo al seguro de vida ligado a la hipoteca que el banco suele hacernos contratar).

Viviendas compradas después de enero 2013

En Enero de 2013 la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2013 ekimina la posibilidad de desgravar o deducir la compra de vivienda habitual  (en aquellas adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013 ), de modo que todos los que comprastéis casa en ese año o después, ya no podéis disfrutar de esta ventaja fiscal.

Con ello, son muchos los contribuyentes que pierden el poder declarar una cifra de hasta  1.350 euros en ventajas fiscales cada año, aunque cabe añadir que dentro de la norma podemos encontrar una excepción ya que si la compra-venta de la vivivenda se cerró en 2012, se podrá desgravar aunque los papeles se firmaran en 2013.

Además de estas directrices, cada comunidad autónoma podrá modular al alza o a la baja el porcentaje de deducción en vivienda habitual que podrá aplicar a sus contribuyentes.

También quedará exenta de tributación la cantidad invertida en la compra de una nueva vivienda habitual, procedente de la venta de otra vivienda, siempre y cuando no transcurran más de dos años entre la venta del primer inmueble y la compra del segundo.

Deducción de una segunda vivienda

¿Qué pasa si tenemos o hemos comprado una segunda vivienda? Si la hemos comprado para que se convierta en nuestra vivienda habitual la deducción funciona de forma diferente y no podremos aplicar la deducción como  vivienda habitual hasta que la inversión no supere las cantidades invertidas en la anterior vivienda. No podemos deducir la segunda vivienda que sea por ejemplo una casa de vacaciones.

Además, las casas o viviendas que se hayan comprado partir del 1 de enero de 2013 no pueden acogerse a esta deducción, ya que se aplica la norma general que ya os hemos explicado.

Desgravar la vivienda de alquiler

En el caso de las viviendas de alquiler, los arrendados no pueden desgravar aunque sí puede hacer el arrendador, o quien nos alquila la casa.

Eso sí, también hay cambios con respecto a la normativa conocida hasta hace poco ya que, tras la reforma fiscal a partir del uno de enero de 2015 tan solo podrá realizarse el 50% de desgravación, independientemente de la edad del arrendatario.

Para los futuros nuevos inquilinos, la deducción por alquiler de vivienda ya no está equiparada con la de compra. El arrendatario puede deducirse un 10,05% de los importes con un máximo de 9.040 euros para rentas de hasta 17.707,20 euros anuales, y a partir de ese tope el porcentaje de deducción decrece. Y así sigue para los contratos firmados y por firmar antes del uno de enero que viene pero los nuevos inquilinos cuando hagan su declaración de la renta en 2019 si su contrato se firmó después del 1 de enero de 2016, no se podrán desgravar.

Si deseas poder conocer más sobre la Declaración 2016, te recomendamos que sigas leyendo a continuación:

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Un Comentario en “Deducción Vivienda Habitual en la declaración de la renta 2021 (IRPF 2020)”

  1. miguel angel dice:

    Buenos días,

    Llevo más de 3 años en mi vivienda habitual en Madrid, desgravando el 15%.
    Ahora me traslado a Andalucía por trabajo. Es compatible la desgravación por vivienda habitual con recibir ayudas al alquiler?

    Un saludo
    Miguel